9. Resolución de litigios

9.1. LEXIS/SYNTAX y sus miembros privilegiarán una solución amistosa y mediante negociación directa de cualquier litigio con respecto al contrato. Cualquier controversia o litigio que no se solucione en un plazo de sesenta días, cualquier reclamación debida al contrato o remitiéndose a éste, a su incumplimiento, a su rescisión o a su anulación, será sujeta a un arbitraje en cumplimiento a lo establecido en el Reglamento de arbitraje de CNUDMI (Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional).

9.2. El lugar de arbitraje será Ginebra y el idioma utilizado será el inglés. Los árbitros serán 3 (tres). Cada parte elegirá 1 (un) árbitro. Los dos árbitros designados elegirán un tercer árbitro. Si los dos árbitros no consiguen llegar a un acuerdo sobre la elección del árbitro que presidirá los debates, éste será designado por la Cámara de Comercio internacional de Paris.

9.3. El tribunal arbitral no será autorizado a conceder una indemnización punitiva. Cualquier laudo arbitral ligará a las partes y no podrá ser objeto de recurso.


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